Módulos agrícolas en la Renta 2025: gasóleo y fertilizantes ya no se reducen
7 de mayo de 2026 7 min de lectura

Módulos agrícolas en la Renta 2025: gasóleo y fertilizantes ya no se reducen

La Campaña de la Renta 2025 está en marcha desde el 8 de abril y el plazo para presentar termina el 30 de junio de 2026 — quedan menos de dos meses. Si tributas en módulos por una actividad agrícola o ganadera, esta declaración trae cambios respecto a los años anteriores: la Orden que regula la estimación objetiva para 2025 no ha prorrogado la reducción del 35% sobre el gasóleo agrícola ni la del 15% sobre los fertilizantes que sí podían aplicarse en ejercicios anteriores. Otros aspectos del régimen sí se mantienen, aunque conviene revisarlos con detalle — los desarrollamos en la sección 2.

⚠️ Aviso a 7 de mayo de 2026 — sin Orden de circunstancias excepcionales. ASAJA Córdoba y COAG Almería han reclamado públicamente a Hacienda la publicación urgente de la Orden que cada año adapta a la baja los índices de rendimiento neto por sequía, fenómenos meteorológicos adversos o crisis sanitarias. Desde Confisa CB nos sumamos a esa reclamación y advertimos del perjuicio para el sector: si tu explotación está en una zona afectada, te recomendamos no precipitarte al presentar la declaración hasta que se conozca la reducción final de los índices. Lo desarrollamos en la sección 3.

1. Desaparecen las reducciones del 35% (gasóleo) y 15% (fertilizantes)

Qué eran y cómo se aplicaban en módulos

Durante los ejercicios 2022, 2023 y 2024, los agricultores y ganaderos que tributaban por el método de estimación objetiva — los conocidos "módulos" — podían minorar su rendimiento neto previo en:

  • El 35% del precio de adquisición del gasóleo agrícola, justificado mediante facturas
  • El 15% del precio de adquisición de fertilizantes, también justificado con facturas

Estas dos minoraciones se introdujeron como medida de apoyo al sector ante la crisis energética y la subida de precios de los insumos derivada del conflicto en Ucrania.

Por qué ya no se aplican en Renta 2025

La Orden HAC/1347/2024, que desarrolla el método de estimación objetiva del IRPF para el ejercicio 2025, no ha prorrogado ninguna de estas dos minoraciones. La normativa aplicable a la declaración que se está presentando hasta el 30 de junio de 2026 vuelve, en este punto concreto, al escenario previo al período de excepción 2022-2024.

Importante: no confundir con la Orden HAC/408/2025, de 28 de abril, que sí redujo determinados índices de rendimiento neto, pero del período impositivo 2024 (Renta 2024) por circunstancias excepcionales. Esa orden no afecta a la Renta 2025 — y la equivalente para 2025 es precisamente la que aún no se ha publicado (lo desarrollamos en la sección 3).

2. Qué se mantiene en módulos para 2025

Se prorrogan los límites excluyentes

Empezamos por la parte buena: se prorrogan los límites excluyentes del régimen de módulos. Los umbrales de volumen de ingresos y de adquisiciones aplicables a actividades agrícolas, ganaderas y forestales no bajan en 2025, lo que evita que muchos agricultores salgan obligatoriamente del régimen de un ejercicio al otro.

Índices correctores que siguen vigentes

También siguen vigentes los principales índices correctores aplicables en módulos agrarios:

  • Utilización de medios de producción ajenos
  • Utilización de personal asalariado
  • Cultivos en tierras arrendadas
  • Piensos adquiridos a terceros
  • Agricultura ecológica
  • Cultivos en tierra de regadío que utilicen energía eléctrica a tal efecto

Recomendamos al contribuyente revisar bien su aplicación, así como la de las amortizaciones — un punto que tratamos a continuación.

Amortizaciones: el punto que más se descuida (y muchos contribuyentes no aplican)

Para calcular el rendimiento neto minorado se deducen del rendimiento neto previo las cantidades que, en concepto de amortización del inmovilizado, correspondan a los elementos afectos a la actividad. Es un punto de vital importancia y, en nuestra experiencia, el que peor se optimiza.

En Confisa CB, al revisar declaraciones presentadas por otros despachos —y también las propuestas por la propia Agencia Tributaria—, comprobamos cada año que las amortizaciones rara vez se aplican con toda su capacidad. Sucede sobre todo en cultivos o fincas procedentes de herencias, donde con frecuencia no se amortiza el vuelo —es decir, el cultivo en sí—, cuando es perfectamente amortizable.

3. Lo que aún falta: la Orden de reducción de índices por circunstancias excepcionales

A 7 de mayo de 2026, con la Campaña de la Renta 2025 abierta desde hace más de un mes, sigue sin publicarse en el BOE la Orden ministerial que cada año adapta a la baja los índices de rendimiento neto de módulos en aquellas actividades agrícolas y ganaderas afectadas por circunstancias excepcionales — sequía, DANA, fenómenos meteorológicos adversos, plagas o crisis sanitarias en la cabaña ganadera.

Qué orden estamos esperando

Es la equivalente a la Orden HAC/408/2025, de 28 de abril, que el año pasado corrigió los índices del período impositivo 2024 con un impacto estimado de 1.025 millones de euros de rebaja en la base imponible para aproximadamente 800.000 agricultores y ganaderos que tributan por módulos. Sin esa orden, el agricultor no puede aplicar las minoraciones extraordinarias que correspondan a su zona o a su cultivo — y, lo que es peor, no sabe siquiera cuáles serán hasta que el BOE la publique.

Un retraso que se está normalizando

No es un hecho aislado. El retraso se ha ido alargando ejercicio tras ejercicio:

  • Renta 2023 (campaña 2023-2024): la orden llegó con unas dos semanas de retraso.
  • Renta 2024 (campaña 2024-2025): casi un mes de retraso (publicada el 30 de abril de 2025).
  • Renta 2025 (campaña actual): a 7 de mayo de 2026, ya supera el mes y sigue pendiente.

El efecto es siempre el mismo: el contribuyente agrario tiene el mismo plazo que el resto, pero menos tiempo material para presentar con seguridad jurídica y con todos los datos sobre la mesa.

La voz del sector y la posición de Confisa CB

ASAJA Córdoba ha reclamado públicamente a Hacienda la publicación urgente de la orden, recordando que no se trata de pedir privilegios fiscales sino de evitar que los profesionales agrarios tributen por ingresos que en realidad no han obtenido. La misma denuncia ha hecho COAG Almería desde su provincia, y otras territoriales andaluzas se han sumado.

Desde Confisa CB nos sumamos a ese toque de atención. Cada día que pasa sin la orden publicada estrecha el margen del agricultor para presentar con todas las garantías y, en la práctica, empuja a tributar sin conocer aún los índices correctores definitivos. Si tu explotación se encuentra en una zona donde puedan reconocerse circunstancias excepcionales en 2025 — sequía, daños por fenómenos meteorológicos, problemas sanitarios — nuestra recomendación es esperar todo lo posible antes de presentar la declaración.

4. Cómo prepararte para minimizar el impacto antes del 30 de junio

Esto es lo que estamos recomendando esta campaña a las explotaciones que vienen al despacho con dudas. Si tributas en módulos y has notado que la cuota te va a salir más alta este año, todavía hay margen para optimizar:

  1. Revisa todas las facturas de 2025. Aunque las reducciones del 35% gasóleo y 15% fertilizantes ya no apliquen en módulos, esos gastos siguen siendo deducibles si tributas en estimación directa.
  2. Comprueba si superas los límites excluyentes. Si tu volumen de ingresos o de compras se acerca a los umbrales del régimen, mejor anticiparlo que descubrirlo en abril o mayo.
  3. Aplica las deducciones estatales y autonómicas que te correspondan. Suelen estar infrautilizadas por desconocimiento.
  4. Si tu explotación ha sufrido circunstancias excepcionales en 2025 (sequía, DANA, plagas, problemas sanitarios), valora apurar el plazo hasta finales de junio. La Orden ministerial que reduce los índices por estas circunstancias suele publicarse durante la propia campaña — presentar antes de tiempo te puede llevar a tributar con índices más altos de los que finalmente correspondan.

Despacho especializado en agricultores en Córdoba

Si después de leer este post te queda alguna duda concreta sobre cómo te afectan los cambios en módulos para tu Renta 2025 — si conviene esperar a la Orden de circunstancias excepcionales antes de presentar, si las amortizaciones de tu explotación están bien aplicadas, o si te compensa renunciar a módulos para 2026 — en Confisa CB podemos revisar tu caso con los datos de tu explotación delante.

Trabajamos cada día con agricultores, comunidades de bienes, empresas agrícolas y cooperativas de la provincia de Córdoba: nuestra especialización en el sector agrícola es natural y conocemos sus tiempos y particularidades normativas.

Preguntas frecuentes

El plazo general de presentación termina el 30 de junio de 2026. Si domicilias el primer pago, el plazo termina el 25 de junio.
No. La Orden HAC/1347/2024, que desarrolla los módulos para el ejercicio 2025, no ha prorrogado esta reducción. Sí aplicaba en las Rentas 2022, 2023 y 2024.
Tampoco. Ha sido suprimida para Renta 2025 igual que la del gasóleo agrícola.
No. A 7 de mayo de 2026, con la Campaña en marcha desde hace más de un mes, sigue pendiente de publicación. La equivalente para Renta 2024 fue la Orden HAC/408/2025, de 28 de abril. Organizaciones agrarias como ASAJA Córdoba y COAG Almería han reclamado públicamente su publicación urgente, ya que los agricultores en módulos están obligados a presentar sin conocer todavía los índices correctores definitivos.
Si tu explotación está en una zona afectada por circunstancias excepcionales (sequía, DANA, plagas), nuestra recomendación es esperar todo lo posible antes de presentar y consultarlo con tu asesor. Si por urgencia tuvieras que presentar antes, podrás presentar autoliquidación rectificativa una vez publicada la orden, pero conviene evitarlo si se puede para ahorrar trámites.
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